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Piensan ampliar más allá de los 67 la edad de jubilación



Aún está en proyecto, pero el Ministerio de Empleo remitió el pasado 24 de abril un informe al Pacto de Toledo donde se contemplaba la posibilidad de ampliar la edad de jubilación más allá de los 67 años y además cotizar más años.

Hay que decir que desde enero la edad de jubilación aumenta paulatinamente hasta los 67 años, a mes por año. La citada reforma también contempla una ampliación de los años de cotización para poder cobrar la máxima pensión.

El Gobierno también tiene intención de desligar la actualización de las prestaciones del IPC y evitar desembolsos de peso cuando la inflación real en noviembre es superior al incremento que a primeros de año se aplica a la pensiones.

Para argumentar las propuestas, el informe recoge las iniciativas adoptadas en otros países de la UE para hacer frente “al envejecimiento de la población y la crisis económica con la finalidad de garantizar su sostenibilidad y conseguir pensiones adecuadas”.

El sistema de la Seguridad Social también se resiente con la crisis. Otro motivo que empuja al Gobierno a tomar esta decisión es que las pensiones de jubilación han crecido más que los salarios y que la variación de los precios, estando muy por encima a la de otros países europeos.

En otros estados europeos se tiene en cuenta toda la vida laboral en el calculo de la pensión, rebajar los índices de actualización de las pensiones y cotizaciones, además de exigir un mayor número de años cotizados para cobrar el 100% de la pensión.

Cobrar la pensión de jubilación y trabajar


Algunas personas deciden jubilarse cuando alcanzan los 65 años, pero otros optan por seguir trabajando una vez que alcanzan esta edad al tiempo que cobran la pensión de jubilación.

Con la jubilación ordinaria las personas que perciben la pensión de jubilación no pueden desempeñar ningun trabajo ni por cuenta ajena o ajena. No se puede compatibilizar la pensión con el ejercicio de una profesión. En el caso de que el beneficiario realice un trabajo se le suspenderá la pensión así como la asistencia médica.


Jubilación parcial:
La Seguridad Social española contempla la posibilidad de optar por una jubilación parcial, compatible con el desarrollo de un trabajo remunerado. Esta modalidad permite al profesional por cuenta ajena acceder a la condición de pensionista de jubilación, que compatibiliza con un trabajo a tiempo parcial. 

El empleado reduce su jornada y su salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 85%, siempre que reúna todos los requisitos salvo la edad. Si tiene entre 60 y 64 años, la empresa deberá concertar un contrato de relevo con otra persona.

El cobro de esta pensión también es compatible con otros empleos de jornada reducida, siempre que no se incremente la duración de la jornada. En ese caso, la prestación se suspendería. Tras acceder a la jubilación parcial, es posible concertar trabajos si se ha cesado en las labores que se desempeñaban con anterioridad en otras empresas. Si ocurre así, tampoco se puede aumentar la duración de la jornada que se realizaba hasta entonces.

Jubilación flexible:
Permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con un trabajo a tiempo parcial, siempre que la jornada laboral comprenda entre el 25% y el 75% de la jornada a tiempo completo de un trabajador. A diferencia de la jubilación parcial, a la flexible se accede desde la condición de pensionista. El importe de la prestación que se recibe se reducirá en un porcentaje igual al de la jornada de trabajo que se realice.

Ingresos complementarios para tu jubilación


Nunca está de más conseguir un dinero extra durante nuestra jubilación. Recordemos que las pensiones de la Seguridad Social viven momentos convulsos y que nadie nos las garantiza a largo plazo. Además cada vez hay más ciudadanos y menos cotizantes.

Aprovecha los descuentos que ofrecen las entidades bancarias por domiciliar la pensión, te ahorrarás unos cuantos euros en el mantenimiento de las cuentas y otras facturas. Siempre es importante pensar en el futuro e ir ahorrando poco a poco. En algunas empresas ofrecen a sus empelados planes complementarios por convenio colectivo. Infórmate del dinero que te puede corresponder.

Hay dos maneras de administrar el dinero, ya sea de manera personal o a través de alguna entidad bancaria. Asesórate bien y consulta con varios expertos, ya que son muchas las personas que han caído en la trampa de las 'Preferentes' y ahora son muchos los jubilados que perdieron sus ahorros y ahora no pueden disponer de su dinero.

No inviertas en cuentas con bajo interés, puedes hacerlo en locales, plazas de garaje o en un depósito con buena rentabilidad. Nunca inviertas todo tu dinero en una misma cuenta o en un fondo, repártelo lo mejor que puedas.

Una vez que se acerque la jubilación o cuando ya estamos metidos en ella apuesta más por la seguridad que por la rentabilidad. Todos los ahorros que hayamos podido acumular durante nuestra etapa laboral nos servirán para completar la pensión que nos quede de la Seguridad Social.

Planificar la jubilación


Nunca es temprano, por muy jóvenes que seamos, para preparar nuestra jubilación. Pensemos que todo lo que invirtamos ahora podremos disfrutarlo cuando lleguemos a los 65 o 67 años.

Las decisiones de hoy nos ayudarán para el día de mañana. Por eso es importante cotizar lo máximo que se pueda para que tengamos una pensión adecuada. Trabajar en negro y sin cotización afectará sin lugar a dudas a nuestra jubilación.

Sopesa antes de jubilarte qué tipo de vida pretendes llevar. Ante todo debes de cuidar tu salud y mantener unos hábitos saludables, con una dieta equilibrada y la práctica de ejercicio. Ten clara que tipo de actividades son las que te apetece realizar.

Calcula cuanto dinero necesitarás para vivir sin problemas después de la jubilación e intenta controlar los gastos diarios para reducir las facturas del teléfono o la luz. Intenta averiguar cuanto te quedará de pensión y súmale el dinero de los fondos de pensiones y otras inversiones que tengas.

Ten en cuenta que cuando llegues a la jubilación tendrás descuentos en el transporte público y en actividades de ocio. Saca provecho de ello y no dudes en participar en las actividades que más te gusten. Tienes que replantearte si pretendes vivir en tu casa de siempre en la ciudad o si prefieres mudarte a una casa de aldea para disfrutar de la naturaleza.

¿Sabes cuándo y cómo se cobra la pensión?


Cumples los 65 años, dejas el mercado laboral y empiezas una nueva vida, mucho más relajada y con una pensión que cobraremos todos los meses. ¿Pero sabes cuándo y como la cobrarás? Nosotros te proporcionamos una serie de datos que te ayudarán a comprender un poco mejor el sistema de las pensiones.

Una vez que recibas el primer pago por parte de la Seguridad Social empezarás a cobrar la pensión por mensualidades vencidas. El primer día hábil de cada mes encontrarás el dinero ingresado en tu cuenta bancaria.

La pensión que reciben en la actualidad los jubilados españoles consta de catorce pagas, doce de ellas correspondientes a los meses más dos extras que se cobran en junio y noviembre. Como ya sabrás no todos los mayores cobran la misma cantidad, todo dependerá de los años cotizados y de la cantidad aportada a la Seguridad Social.

¿Y cuándo se empieza a cobrar la pensión? Desde el día siguiente al del cese en el trabajo siempre y cuando se haya presentado la solicitud dentro de los tres siguientes meses a la baja. En otra situación se devengará con una retroactividad máxima de tres meses desde que se presenta la solicitud.

Una vez que empieces a cobrar la pensión de jubilación ya puedes disfrutar de una nueva vida, olvidándote de los problemas del trabajo y de los madrugones. Además cuentas con la posibilidad de contar con un envejecimiento activo gracias a los planes que ofrece la Seguridad Social.


Buenas noticias para los pensionistas

pensiones

Por fin una buena noticia para los pensionistas. El Tribunal Constitucional admitió el recurso presentado por los partidos de la oposición contra la congelación de las pensiones, anunciada en su momento por el presidente del Gobierno.

El ejecutivo popular había anunciado su intención de que las pagas de los jubilados no subirían de acorde al incremento del IPC, que subió un 2,9%. Era un nuevo batacazo para el bolsillo de cientos de miles de pensionistas ahogados por la crisis, muchos de los cuales tienen que ayudar a hijos y nietos con su pensión.

Ahora el Gobierno tienen quince días por delante para presentar alegaciones al recurso firmado por PSOE, PNV, IU, UPyD y CiU, al entender que se vulneraba el artículo 9.3 que recoge la imposibilidad de tomar medidas con carácter retroactivo. El Gobierno se había comprometido a revisarlas alza y una actualización en función del IPC de noviembre.

Lo único que se consigue con esta medida es que los pensionistas pierdan poder adquisitivo. Se estima que que el Ejecutivo ha podido ahorrar en torno a 3.800 millones con esta decisión

Sin lugar a dudas resultaría injusto que después de tantos años cotizando para la hucha de la seguridad social ahora vean mermados sus ingresos.

35 años de cotización para las jubilaciones anticipadas


Más novedades para las jubilaciones. El Gobierno anunció el pasado 15 de marzo que exigirá al menos 35 años de cotización para poder acceder a la jubilación anticipada, que serán 33 en el caso de que sea anticipada de manera forzosa. 
Hasta ahora la ley se regía por una norma de 2011 que fijaba la jubilación anticipada en los 61 años y con 30 años de cotización. Con estas medidas el Ejecutivo central pretende endurecer las condiciones de acceso a las pensiones. Lo hace bajo un Real Decreto-Ley que tiene la intención, según sus palabras, de favorecer la continuidad de las personas de mayor edad en la vida laboral, favoreciendo así un envejecimiento activo.
Hay que decir que a la jubilación anticipada podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes con solo tener una cotización de 35 años. 
Además, la edad para jubilarse de manera anticipada se irá incrementando de manera paulatina hasta alcanzar los 65 años en el 2027, cuando se requerirá tener 67 años para empezar a cobrar la tan deseada paga.
Para conseguir la jubilación parcial forzosa se exigirá ser demandante de empleo seis meses antes de la solicitud tras un despido por fuerza mayor, muerte o jubilación del empresario o por causas económicas.
¿Qué opinas de todas las medidas tomadas por el Gobierno en materia de jubilaciones?

Solicitar la pensión de jubilación


Estamos a punto de cumplir los 65 años o estamos rondando esa edad y pretendemos ponerle punto y final a nuestra vida laboral. ¿Pero sabemos qué trámites tenemos que realizar para conseguir la pensión? Vayamos por partes, la pensión no deja de ser una prestación que concede la seguridad social a todo aquel trabajador que haya cesado en su trabajo después de 35 años de cotización.

Debemos de rellenar el modelo de solicitud y la documentación personal que nos exigen en esta solicitud, que deberá presentarse en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social.

La solicitud de pensión por jubilación puede presentarse durante los tres siguientes meses anteriores o posteriores al cese en el trabajo. Para la Seguridad Social, los efectos de la pensión tienen lugar a partir del día siguiente del cese en la actividad. Como todo el mundo sabe el derecho a pensión concluye con el fallecimiento del jubilado. 

La pensión se abona cada mes, con dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre. Tienen garantizada una subida todos los años, de acuerdo al IPC. Hay que decir que el percibo de esta prestación es incompatible con cualquier otra actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena.

A todo el mundo le interesa saber cuánto le quedará de pensión una vez que se retire. La cuantía dependerá de la base reguladora y el porcentaje que se aplica a la misma en función de los años que haya cotizado.

Estos son algunos de los requisitos exigidos para cobrar la paga. Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con la sede de la Seguridad Social más cercana a tu casa.

Razones para empezar a ahorrar para la jubilación


Muchas veces vemos muy lejana la jubilación, pero cuando llegue el momento y cumplimos los 65 años podemos arrepentirnos de no haber cotizado lo suficiente o de no haber invertido en un fondo de pensiones. El sistema de pensiones no ha quedado al margen de las medidas de ajuste que han aplicado los Gobiernos.

Ya sabemos que la edad de jubilación aumentará hasta los 67 años de manera progresiva en el 2027, tomando como referencia los últimos 25 años. Todo apunta a que en un futuro el cálculo abarcará toda la vida laboral, pudiendo adelantarse la intención de jubilar a los 67. Por ello aconsejan planificar el futuro mediante un plan de pensiones, ahorro particular o a través de otro sistema de previsión social. En el diario Abc aportan 5 razones para hacerlo:

  • Pensiones que menguan: Con las últimas medidas se prevé que las pensiones se rebajen un 30%. Los futuros jubilados recibirán menos, pero también vivirán más años.
  • Futuros recortes: Prevén que el sistema se revise a medida que crezca la esperanza de vida.
  • Sistema ineficiente: El porcentaje de pensión que se cobra respecto al último salario bruto es muy elevado respecto a otros países. La intención es que se incrementen los fondos de pensiones privados.
  • Previsión insuficiente: Solo un 29% de los españoles tiene un fondo de pensiones, y eso pese a la preocupación del 70% por su futura jubilación. Las aportaciones a los sistemas individuales cayeron un 40% en los últimos 4 años.
  • Posible arrepentimiento: Llegada la hora de la verdad son muchos los jubilados que se arrepienten de no haber ahorrado algo más, para llegar con más recursos económicos.
¿Cómo valoras el futuro de los pensionistas?


Como me afectará la reforma de las pensiones


El pasado 1 de enero entraba en vigor el nuevo sistema de pensiones, que eleva la edad de edad jubilación hasta los 67 años, con un crecimiento paulatino de un mes por año hasta 2019 y de dos meses por ejercicio hasta 2027, como leímos en elmundo.es.

La ley había sido aprobada en 2011, pero no fue hasta enero de este año cuando entró en funcionamiento el grueso de los cambios. El incremento de la edad de jubilación implicará que tendrá que haber una cotización de 37 años frente a los 35 de antes para poder acceder a la pensión máxima. También se amplía de 15 a 25 el periodo de calculo de las pensiones, que afectará de manera negativa a los trabajadores.

La reforma impuesta, sin embargo, mantiene en 15 años el periodo mínimo para tener derecho al 50% de la pensión. Existen algunas excepciones en el capítulo de las pensiones, ya que será posible jubilarse con 65 años si tienen cotizado 38,5 años.

Con ánimo de cumplir los compromisos adquiridos con la Unión Europea también se regulará todo los concerniente a la jubilación anticipada y parcial, ya que el objetivo de Bruselas pasa por ampliar cuanto antes la edad efectiva de jubilación. Así que tendremos que esperar un poco más para poder disfrutar de los viajes del Imserso.

Sin lugar a dudas, estas medidas no afectan para nada a los futuros jubilados. Cuéntanos como te sentó la noticia.