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Piensan ampliar más allá de los 67 la edad de jubilación



Aún está en proyecto, pero el Ministerio de Empleo remitió el pasado 24 de abril un informe al Pacto de Toledo donde se contemplaba la posibilidad de ampliar la edad de jubilación más allá de los 67 años y además cotizar más años.

Hay que decir que desde enero la edad de jubilación aumenta paulatinamente hasta los 67 años, a mes por año. La citada reforma también contempla una ampliación de los años de cotización para poder cobrar la máxima pensión.

El Gobierno también tiene intención de desligar la actualización de las prestaciones del IPC y evitar desembolsos de peso cuando la inflación real en noviembre es superior al incremento que a primeros de año se aplica a la pensiones.

Para argumentar las propuestas, el informe recoge las iniciativas adoptadas en otros países de la UE para hacer frente “al envejecimiento de la población y la crisis económica con la finalidad de garantizar su sostenibilidad y conseguir pensiones adecuadas”.

El sistema de la Seguridad Social también se resiente con la crisis. Otro motivo que empuja al Gobierno a tomar esta decisión es que las pensiones de jubilación han crecido más que los salarios y que la variación de los precios, estando muy por encima a la de otros países europeos.

En otros estados europeos se tiene en cuenta toda la vida laboral en el calculo de la pensión, rebajar los índices de actualización de las pensiones y cotizaciones, además de exigir un mayor número de años cotizados para cobrar el 100% de la pensión.

Cobrar la pensión de jubilación y trabajar


Algunas personas deciden jubilarse cuando alcanzan los 65 años, pero otros optan por seguir trabajando una vez que alcanzan esta edad al tiempo que cobran la pensión de jubilación.

Con la jubilación ordinaria las personas que perciben la pensión de jubilación no pueden desempeñar ningun trabajo ni por cuenta ajena o ajena. No se puede compatibilizar la pensión con el ejercicio de una profesión. En el caso de que el beneficiario realice un trabajo se le suspenderá la pensión así como la asistencia médica.


Jubilación parcial:
La Seguridad Social española contempla la posibilidad de optar por una jubilación parcial, compatible con el desarrollo de un trabajo remunerado. Esta modalidad permite al profesional por cuenta ajena acceder a la condición de pensionista de jubilación, que compatibiliza con un trabajo a tiempo parcial. 

El empleado reduce su jornada y su salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 85%, siempre que reúna todos los requisitos salvo la edad. Si tiene entre 60 y 64 años, la empresa deberá concertar un contrato de relevo con otra persona.

El cobro de esta pensión también es compatible con otros empleos de jornada reducida, siempre que no se incremente la duración de la jornada. En ese caso, la prestación se suspendería. Tras acceder a la jubilación parcial, es posible concertar trabajos si se ha cesado en las labores que se desempeñaban con anterioridad en otras empresas. Si ocurre así, tampoco se puede aumentar la duración de la jornada que se realizaba hasta entonces.

Jubilación flexible:
Permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con un trabajo a tiempo parcial, siempre que la jornada laboral comprenda entre el 25% y el 75% de la jornada a tiempo completo de un trabajador. A diferencia de la jubilación parcial, a la flexible se accede desde la condición de pensionista. El importe de la prestación que se recibe se reducirá en un porcentaje igual al de la jornada de trabajo que se realice.

Quién puede solicitar los viajes del Imserso



El dinero no es excusa para no viajar con el Imserso, ya que por poco más de 300 euros podemos descansar durante unos días en una zona de costa española o en un balneario. ¿Sabes qué requisitos se necesitan para optar a este programa de vacaciones.

A continuación os detallamos algunas de las condiciones necesarias para viajar con el Imserso:

  • Ser mayor de 65 años.
  • Ser pensionista de jubilación del Sistema Público de pensiones.
  • Ser pensionista de viudedad con edad igual o superior a 55 años.
  • Ser pensionista de invalidez, otras pensiones o prejubilado y tener en todos estos casos 60 años cumplidos.
  • Cuando estas personas estén casadas, podrán participar en el programa con su cónyuge, a quien no se le exigen requisitos. Pueden incluirse a los hijos con discapacidad con un grado mínimo del 45%, siempre y cuando esta discapacidad les permita viajar y lo hagan acompañados de sus padres y compartan con ellos habitación. En todo caso, los hijos discapacitados deberán valerse por sí mismos y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en los hoteles.


Apuntarse al termalismo
A diferencia de los viajes, la oferta de termalismo está ligada a la prescripción médica, ya que implica un tratamiento de salud. Pueden ser beneficiarios de este programa los ciudadanos españoles o extranjeros que cumplan con todos los siguientes requisitos:

Podrán beneficiarse de los viajes el Imserso los españoles residentes en el extranjero, siempre que tengan más de 60 años, perciban una pensión de la Seguridad Social y cumplan además con el resto de requisitos.

  • No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
  • Poder valerse por sí mismo.
  • Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
  • Realizar, en el plazo indicado en la convocatoria de plazas, la solicitud y alcanzar el expediente, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
  • Si la persona solicitante está casada o tiene una pareja de hecho con quien convive, puede ir acompañada de su cónyuge o compañero. Al acompañante no se le exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad Social.

Ingresos complementarios para tu jubilación


Nunca está de más conseguir un dinero extra durante nuestra jubilación. Recordemos que las pensiones de la Seguridad Social viven momentos convulsos y que nadie nos las garantiza a largo plazo. Además cada vez hay más ciudadanos y menos cotizantes.

Aprovecha los descuentos que ofrecen las entidades bancarias por domiciliar la pensión, te ahorrarás unos cuantos euros en el mantenimiento de las cuentas y otras facturas. Siempre es importante pensar en el futuro e ir ahorrando poco a poco. En algunas empresas ofrecen a sus empelados planes complementarios por convenio colectivo. Infórmate del dinero que te puede corresponder.

Hay dos maneras de administrar el dinero, ya sea de manera personal o a través de alguna entidad bancaria. Asesórate bien y consulta con varios expertos, ya que son muchas las personas que han caído en la trampa de las 'Preferentes' y ahora son muchos los jubilados que perdieron sus ahorros y ahora no pueden disponer de su dinero.

No inviertas en cuentas con bajo interés, puedes hacerlo en locales, plazas de garaje o en un depósito con buena rentabilidad. Nunca inviertas todo tu dinero en una misma cuenta o en un fondo, repártelo lo mejor que puedas.

Una vez que se acerque la jubilación o cuando ya estamos metidos en ella apuesta más por la seguridad que por la rentabilidad. Todos los ahorros que hayamos podido acumular durante nuestra etapa laboral nos servirán para completar la pensión que nos quede de la Seguridad Social.

Ventajas de los planes de pensiones


En estos momentos son todo incertidumbres respecto al sistema de pensiones, por eso son muchas las personas que se quieren garantizar su jubilación con un plan de pensiones. Se puede decir que es una manera de conseguir un dinero extra cuando lleguemos a los 65 o 67 años. 

Los planes de pensiones son sin lugar a dudas la mejor alternativa para afrontar con garantías nuestra vejez. Son un producto financiero diseñado para ahorrar y disponer de él cuando lleguemos a la jubilación. Sirve como complemento a la pensión que nos quedará de la Seguridad Social. Alcanzada esa etapa podrá retirar el dinero aportado en ese fondo más los rendimientos generados.

Hasta que no nos retiremos no podremos usar ese dinero. Sin embargo hay determinadas situaciones que nos permiten sacarlo sin necesidad de llegar a la jubilación:

  • Desempleo de larga duración: El titular del plan de pensiones debe de estar más de un año en situación de desempleo y además no debió de percibir ninguna prestación por desempleo.
  • Enfermedad de larga duración: Tiene que contar con la declaración de invalidez permanente.
Las condiciones para rescatarlo son bastante duras, pero hay mucha gente que en la actual situación económica se lo replanteado. Está claro que con los planes de pensiones nos ayudarán a mantener nuestro ritmo de vida una vez que nos jubilemos.

¿Sabes cuándo y cómo se cobra la pensión?


Cumples los 65 años, dejas el mercado laboral y empiezas una nueva vida, mucho más relajada y con una pensión que cobraremos todos los meses. ¿Pero sabes cuándo y como la cobrarás? Nosotros te proporcionamos una serie de datos que te ayudarán a comprender un poco mejor el sistema de las pensiones.

Una vez que recibas el primer pago por parte de la Seguridad Social empezarás a cobrar la pensión por mensualidades vencidas. El primer día hábil de cada mes encontrarás el dinero ingresado en tu cuenta bancaria.

La pensión que reciben en la actualidad los jubilados españoles consta de catorce pagas, doce de ellas correspondientes a los meses más dos extras que se cobran en junio y noviembre. Como ya sabrás no todos los mayores cobran la misma cantidad, todo dependerá de los años cotizados y de la cantidad aportada a la Seguridad Social.

¿Y cuándo se empieza a cobrar la pensión? Desde el día siguiente al del cese en el trabajo siempre y cuando se haya presentado la solicitud dentro de los tres siguientes meses a la baja. En otra situación se devengará con una retroactividad máxima de tres meses desde que se presenta la solicitud.

Una vez que empieces a cobrar la pensión de jubilación ya puedes disfrutar de una nueva vida, olvidándote de los problemas del trabajo y de los madrugones. Además cuentas con la posibilidad de contar con un envejecimiento activo gracias a los planes que ofrece la Seguridad Social.


Muchas dudas sobre la pensión de los autónomos


En España siempre se ha dicho que falta cultura emprendedora y al parecer muchos autónomos tampoco están muy al día de la importancia de la Seguridad Social. La mayor parte de ellos optan por cotizar lo mínimo, que está en torno a los 250 euros mensuales, con la intención de ahorrar al máximo durante el periodo de actividad.

Sin embargo habría que analizar hasta que punto es rentable esa cotización mínima, ya que a largo plazo posiblemente se resienta a la hora de cobrar las pensiones como en los casos de incapacidad. También hay la posibilidad de cobrar la prestación del paro durante el tiempo que se trabaja a cambio de aumentar nuestra cotización, aunque muchos de ellos desconocen estas medidas.

Este pensamiento que tienen los trabajadores autónomos se basa en la desconfianza que tienen sobre el sistema y sobre el futuro del sector público. Realmente nadie sabe si dentro de veinte años o incluso diez estará vigente el modelo de pensiones que tenemos en la actualidad.

Antes todas estas dudas lo más normal es que se contraten planes de pensiones y seguros privados para garantizarse una jubilación lo más cómoda posible. En la actualidad, un autónomo con cuarenta años cotizados y jubilándose a las 64 años le queda una pensión aproximada de 700 euros. No es mucho si se tiene en cuenta todo el tiempo cotizado, pero ya se sabe que lo que cuentan son los últimos 25 años.

Cuando contratan planes de ahorros privados es posible que gasten más en extras a aseguradoras y entidades financieras que si lo hiciesen aumentando su cotización en la Seguridad Social. La verdad es que es complicado de prever que futuro nos espera en el capítulo de pensiones.

Tarifas de luz más baratas para pensionistas


Las compañías eléctricas ofrecen tarifas muy positivas para los consumidores más desprotegidos, entre los que se encuentran los pensionistas, que pueden beneficiarse de ciertos descuentos en la tarifa de la luz. Así lo recoge un Real Decreto de 2009, que creó el bono social para ayudar a las personas con menos recursos. Para ello tienen que reunir una serie de condiciones sociales y de poder adquisitivo.

En el caso de los pensionistas deben de reunir los siguientes requisitos.

  • Que el suministro sea para el lugar habitual de residencia.
  • Que el titular cuente con 60 o más años y que acredite ser perceptor de una pensión por parte de la Seguridad Social, percibiendo las cuantías mínimas para dicha clase de pensión.
Para solicitarlo es preciso, en el caso de Iberdrola, aunque también es posible tramitarlo en otras compañías eléctricas como EDP, antes HC Energía, con una fotocopia del DNI, la solicitud del bono social firmada por el titular, declaración responsable firmada por el titular, fotocopia de la última factura de electricidad, certificado del empadronamiento y el certificado que le acredite como pensionista.

En el caso de Iberdrola el bono se puede solicitar vía online, teniendo que enviar todos los documentos requeridos a la sede central de Madrid. También disponen de una dirección de correo electrónico para satisfacer dudas: bonosocial@iberdrola.es.

Como vemos resulta bastante sencillo. Si estás en esa situación y quieres ahorrarte un dinero, no lo dudes y solicítalo ya.

Buenas noticias para los pensionistas

pensiones

Por fin una buena noticia para los pensionistas. El Tribunal Constitucional admitió el recurso presentado por los partidos de la oposición contra la congelación de las pensiones, anunciada en su momento por el presidente del Gobierno.

El ejecutivo popular había anunciado su intención de que las pagas de los jubilados no subirían de acorde al incremento del IPC, que subió un 2,9%. Era un nuevo batacazo para el bolsillo de cientos de miles de pensionistas ahogados por la crisis, muchos de los cuales tienen que ayudar a hijos y nietos con su pensión.

Ahora el Gobierno tienen quince días por delante para presentar alegaciones al recurso firmado por PSOE, PNV, IU, UPyD y CiU, al entender que se vulneraba el artículo 9.3 que recoge la imposibilidad de tomar medidas con carácter retroactivo. El Gobierno se había comprometido a revisarlas alza y una actualización en función del IPC de noviembre.

Lo único que se consigue con esta medida es que los pensionistas pierdan poder adquisitivo. Se estima que que el Ejecutivo ha podido ahorrar en torno a 3.800 millones con esta decisión

Sin lugar a dudas resultaría injusto que después de tantos años cotizando para la hucha de la seguridad social ahora vean mermados sus ingresos.

Solicitar la pensión de jubilación


Estamos a punto de cumplir los 65 años o estamos rondando esa edad y pretendemos ponerle punto y final a nuestra vida laboral. ¿Pero sabemos qué trámites tenemos que realizar para conseguir la pensión? Vayamos por partes, la pensión no deja de ser una prestación que concede la seguridad social a todo aquel trabajador que haya cesado en su trabajo después de 35 años de cotización.

Debemos de rellenar el modelo de solicitud y la documentación personal que nos exigen en esta solicitud, que deberá presentarse en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social.

La solicitud de pensión por jubilación puede presentarse durante los tres siguientes meses anteriores o posteriores al cese en el trabajo. Para la Seguridad Social, los efectos de la pensión tienen lugar a partir del día siguiente del cese en la actividad. Como todo el mundo sabe el derecho a pensión concluye con el fallecimiento del jubilado. 

La pensión se abona cada mes, con dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre. Tienen garantizada una subida todos los años, de acuerdo al IPC. Hay que decir que el percibo de esta prestación es incompatible con cualquier otra actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena.

A todo el mundo le interesa saber cuánto le quedará de pensión una vez que se retire. La cuantía dependerá de la base reguladora y el porcentaje que se aplica a la misma en función de los años que haya cotizado.

Estos son algunos de los requisitos exigidos para cobrar la paga. Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con la sede de la Seguridad Social más cercana a tu casa.

Edad de Jubilacion y Pension



¿Es sostenible el actual sistema de pensiones? El creciente envejecimiento de la población y la mayor esperanza de vida, unida al hecho de que cada vez las nuevas generaciones se incorporan más tarde al mundo laboral, nos lleva a la conclusion de que llegará un momento en el que no es sostenible nuestro modelo de pensiones.
 
Ante esta desesperanzadora posibilidad, invertir en un plan de pensiones es una manera de asegurarse unos ingresos de por vida para nosotros o nuestro cónyuge o descendientes en caso de quedar en situación de invalidez o dependencia. Un plan de pensiones es por lo tanto una previsión social complementaria y voluntaria. Se trata de un ahorro a medio y largo plazo que servirá como complemento a las prestaciones de la Seguridad Social.

La Seguridad Social ofrece ya un conjunto de medidas para prever, reparar o superar determinadas situaciones de necesidad como la jubilación.

Los hay de 3 tipos:

Planes de beneficio definido: Define un beneficio sobre la edad de jubilación del mismo mediante una fórmula en la que intervienen el salario del empleado, sus años de servicio, la edad de jubilación, y otros factores.

Planes de contribución definida: La contribución está definida pero el beneficio se desconoce ya que el riesgo de inversión y el premio los toma cada individuo. Así por ejemplo, a la hora de jubilarse, el empleado dispone de una cuenta que puede utilizar para comprar una pensión o retirar esos fondos para sus necesidades financieras.

Planes de beneficio mixto: Combina aspectos de los 2 anteriores.

Elige el plan que más se adapte a tus necesidades y para ello, conviene que tengas en cuenta:

- La edad: un plan de pensiones es un producto de ahorro asiesque a partir de los 40 años, debemos contemplar la posibilidad. 
- El tipo de plan que queremos y cómo será la cuota (mensual, trimestral, anual...) o si haremos aportaciones únicas. 
- Toda rentabilidad supone adquirir unos riesgos, y adeás, todos los planes de pensiones tienen unas comisiones 
- No recuperaremos el dinero invertido hasta nuestra jubilación, salvo excepciones muy concretas. Cuando llegue el momento podremos recuperarlo en cuotas o en un solo pago.

Empieza a mirar cuanto antes por tu futuro y acabarás agradeciéndotelo.